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  • Consulta : 211963
  • Autor : ALFONSO ROBLES
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  • Autor
    Respuesta No: 330074

  • ALFONSO ROBLES
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El demandado debio de haber señalado domicilio en el juicio, y ahi se debe notificar.

    si no señalo domicilio se le debe de notificar en los estrados del juzgado.

    O en su caso, si sabes o localizas donde ubicarlo, se lo haces saber al juez,  para la debida notificacion.

    Espero sirva y despeje sus dudas.

    atte.

    ALFONSO ROBLES