- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 208123
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3408
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 325671
-
Fecha de respuesta: Miércoles 11 de Septiembre de 2013 18:24 2013-09-11 18:24 desde IP: 187.162.210.121
El recurso de revisión promovido por el agente del Ministerio Público en contra de la sentencia que concedió al quejoso el amparo y protección de la Justicia Federal, es con el objeto que un superior la revise a la luz de los conceotos de agravio que exprese el propio Representante Social.
El trámite puede llegar a tardar seis meses o más; en tanto no se resuelva la revisión, la sentencia que ampara no ha causado ejecutoria, es decir, no ha quedado firme.
-
Autor