Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 189946
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
  • Consultas en Foro: 1
  • Respuestas en Foro: 8785
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3408
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 310214

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Que no le sorprendan. Si Usted renuncia sólo puede reclamar la parte proprcional del aguinaldo, los salarios devengados y no pagados y las primas de antigüedad y vacacional del año, nada más ya que no le están corriendo, Usted está renunciando.