- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 189946
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 3408
- : 0 %
- : 0 %
-
AutorRespuesta No: 310214
-
Fecha de respuesta: Lunes 11 de Marzo de 2013 01:14 2013-03-11 01:14 desde IP: 201.141.70.154
Que no le sorprendan. Si Usted renuncia sólo puede reclamar la parte proprcional del aguinaldo, los salarios devengados y no pagados y las primas de antigüedad y vacacional del año, nada más ya que no le están corriendo, Usted está renunciando.
-
Autor