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  • Consulta : 2973
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 2975

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    jje: Recibe cordiales saludos de tu amigo el Lic. Polo de Ecatepec Estado de México: Por lo que respecta a tu liquidación, si es que así te lo pide tu patrón. Te hago saber que la:

    INDEMNIZACION CONSTITUCIONAL, deben ser 90 días, pero deben de ser a la orden de SALARIO DIARIO INTEGRADO. (el que te otorga el seguro social por incapacidad, de trabajo).

    La prima de Antigüedad, al doble del salario mínimo de tu estado. A razón de DOCE días por año, en este caso si son tres años serían 36 días.

    Por Aguinaldo te corresponden 1.25 días por mes, que si los multiplicas por DOCE te dara como resultado QUINCE que es lo que la Ley te otorga por año cumplido.

    Vacaciones, serán diez días mas el 25% de Prima de Antigüedad de esos diez días.

    También te deben pagar tu semana trabajada y/o quincena, según corresponda.

    Debes de RECORDAR que la indemnización Constitucional, es la única que se te pagará a salario diario INTEGRADO, y las demás prestaciones que te comento serán al salario diario nominal, es decir a $428.57, y la Prima de antigüedad al rededor de 120.00 por día. Ojalá y sea muy explícito para tu asunto laboral. OK? SALUDOS Y MUCHA PERO MUCHA SUERTE !  !  !  !  !