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  • Consulta : 2184
  • Autor : RODRIGUEZGON
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  • Autor
    Respuesta No: 2943

  • RODRIGUEZGON
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Me gustaria que fueras mas explicito en tu comentario, no sabemos si tu comentario se trata en la etapa de averiguación prevía o cuando te encuentras en proceso.

     

    Si es en el miisterio publico, y estas representando al inculpado desde luego que te debe de autorizar, y a partir de ese momento puedes acudir a todas y cada unas de las actuaciones qque haga el representante social, puedes ofrecer las pruebas que a tu interes convengan.

     

    Para el caso que representes al agraviado, unicamente puedes coadyuvar que el mp para la reparación del daño.