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AutorRespuesta No: 2921
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Fecha de respuesta: Martes 14 de Agosto de 2012 16:12 2012-08-14 16:12 desde IP: 187.172.223.34
Artículo 61.- La duración máxima de la jornada será: ocho horas la diurna, siete la nocturna y siete
horas y media la mixta. -
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