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  • Consulta : 168185
  • Autor : joannaveronica
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  • Autor
    Respuesta No: 283684

  • joannaveronica
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Como acotación: No es recesión, sino rescisión de contrato.

     

    Y no puedes ir por tu cuenta a penetrar el domicilio, sino que tienes que iniciar un Juicio Civil de Desahucio y solamente con orden del Juez Competente puedes desalojar al arrendatario, pero no debes por ningún motivo ir a romper chapas porque eso es delito de allanamiento de vivienda, ya que el arrendatario está en posesión del inmueble.