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AutorRespuesta No: 259458
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Fecha de respuesta: Domingo 25 de Marzo de 2012 03:11 2012-03-25 03:11 desde IP: 189.233.72.155
Respecto a la consulta realizada, hago del conocimiento de usted, que lo ideal es demandar en la vía civil una responsabilidad objetiva, ya que en esta, usted demandaria a los instructores de dicho gimnasio, asi como a quien resulte ser propietario o responsable de dicha negociacion, persona que de forma solidaria tendria que responder por las lesiones que le fueron producidas por dichos instructores, lo anterior por tratarse de una responsabilidad por riesgo. Así mismo debemos acompañar a dicha demanda lo siguiente: Expediente clinico; Dictamenes médicos; Presupuestos de costo aproximado o de ser preferible costo total, hasta el restablecimiento de sus lesiones sufridas; asi como las facturas de los gastos que ha erogado usted hasta la fecha actual con el fin de demandar el pago de los mismos.
Respecto al solicitar el pago de una indemnización, esta procede siempre y cuando haya una perdida o disminución de algun movimiento u organo, y en el presente caso se podria solcitar la misma, pero también es cierto que la misma se pagaria de acuerdo a la ley Federal del Trabajo, siendo esta una indemnización minima.
Motivo por el que aconsejo que seria mas factible demandar el pago de daño moral, por una cierta cantidad, tal y como lo ha establecido nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación, por concepto de las lesiones producidas en cuanto a su persona.
Si queda alguna duda al respecto, puede consultarme en mi oficina.
Atentamente.
Lic. Luís Sánchez Ramírez.
Cel. 5525486080
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Tel. oficina 55103154
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