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  • Consulta : 122619
  • Autor : kokoduro1
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  • Autor
    Respuesta No: 235791

  • kokoduro1
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

     

     

    BUENAS TARDES:

     

    JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.

    La consultante, no puede pasar al domicilio de su exconyuge, sin tener un permiso del juez familiar que los divorcio, ya que  al abandonar el domciilio, este dejor de ser el domicilio conyuga, ya no lo puesde habitar la consultante, y visitarlo o apersonar al mismo, solo con permiso del juez; menos aun puede recoger y llevarse cosas de ese inmueble sin el permiso del juez y la presencia del actuario, representante del juez. Ademàs, no existe la copropiedad, ya que no han pagado el inmueble en su totalidad, no es de ellos, y  no puedn disponer libremente de este, estan sujetos a la figura legal de reserva de dominio.

    ABOGADO

    Kokoduro1   arroba  h o t   m a i l   punto   c o m

    Espero sus correos, le daré respuesta a todos.