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AutorRespuesta No: 235791
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Fecha de respuesta: Miércoles 17 de Agosto de 2011 18:30 2011-08-17 18:30 desde IP: 187.194.35.78
BUENAS TARDES:
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
La consultante, no puede pasar al domicilio de su exconyuge, sin tener un permiso del juez familiar que los divorcio, ya que al abandonar el domciilio, este dejor de ser el domicilio conyuga, ya no lo puesde habitar la consultante, y visitarlo o apersonar al mismo, solo con permiso del juez; menos aun puede recoger y llevarse cosas de ese inmueble sin el permiso del juez y la presencia del actuario, representante del juez. Ademàs, no existe la copropiedad, ya que no han pagado el inmueble en su totalidad, no es de ellos, y no puedn disponer libremente de este, estan sujetos a la figura legal de reserva de dominio.
ABOGADO
Kokoduro1 arroba h o t m a i l punto c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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