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  • Consulta : 122619
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 235395

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    nsepulveda2:

    nat0207:

    Haga caso omiso de respuestas de foristas que actúan irresponsablemente y de manera antiprofesional como los que anteriormente le contestaron, ya que sus asesorías están vertidas careciendo de información relevante así como omitierndo analizar debidamente los hechos conocidos, pero más importante es que dichos foristas están dedicados al derecho civil y la consulta de usted se relaciona con el derecho penal que demuestran desconocer.

    En efecto, es muy importante tomar en cuenta que durante la secuela procedimental del juicio de divorcio debieron quedar establecidos los domilicilios de las partes, de tal manera que sí sería posible que se configure el delito de allanamiento de morada, sin embargo este hecho también se va teniendo como una conducta necesaria para que usted recuperara sus propiedades, de tal manera que existe una justificación para que usted entrara a la casa, justificación que en términos del artículo 29 del Código Penal del Distrito Federal hace que el delito sea excluido (inexistente) al existir lo que el mismo precepto y la doctrina denominan "excusa absolutoria".

    A lo anterior se agrega que usted es copropietaria del inmueble, lo que le otorga derechos de posesión, de tal manera que el hecho de que su exmarido haya cambiado las cerraduras se traduce en eue él cometió el delito de despojo en agravcio de usted, ya que le impidió el libre acceso al inmueble al que anteriormente usted podía acceder libremente.

    Nadqa impide que usted tenga el derecho de disfrutar de su copropiedad, ni siquiera como algún forista se atrevió a decir que es un obstáculo el de la falta de escrituras de la propiedad, cuenta habida de que existen escrituras de por venta que realizó el INFONAVIT, así como las de hipoteca que usted mencionó en su consulta, es decir, que el inmueble ya fue vendido a usted y su exmarido, para ser pagado a plazos y que la hipoteca garantiza el pago, aunque algunos foristas despistados confunden los efectos de la hipoteca con la propiedad.

    Desde luego que usted tiene muchísimos elementos para defenderse ante la acusación penal, y le aseguro que si la defensa corriera de mi parte o de parte de un abogado que igualmente sepa derecho penal, usted saldrá bien librada..