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AutorRespuesta No: 204378
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Enero de 2011 21:09 2011-01-11 21:09 desde IP: 189.171.164.31
A raíz del fallecimiento de su madre, Usted se convirtió en heredero ( en la parte que le señaló su madre en el testamento ).
Por tanto, si actualmente es Usted poseedor de una parte de la finca y cuenta ya con la calidad de heredero, USTED NO PUEDE SER DESPOSEIDO SINO POR ORDEN JUDICIAL Y DESPUES DE HABER SIDO OIDO Y VENCIDO EN UN JUICIO.
Le sugiero proceder a consultar con un Abogado de su confianza a efecto de promover el JUICIO SUCESORIO TESTAMENTARIO a bienes de su madre, a fin de que obtenga la declaración formal de heredero para Usted y sus hermanos, sin que ello signifique que Usted todavía no lo sea, pues legalmente Usted se convirtió en el momento mismo de la muerte de su madre.
Saludos cordiales.
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