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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Enero de 2011 13:01 2011-01-03 13:01 desde IP: 189.181.96.185
Buenas tardes ... lo unico que tienes que hacer es "ENDOSARLO " siempre y cuando no diga " no a la orden "... entonces el endosatario que es a quien se lo vendes... sera el legitimo titular ! ... y asi podra cobrarlo el o endosarlo en su caso tambien..
o tambien por CESION ORDINARIA ! que es cederle el titulo a un tercero (el sujeto que te lo comprara ) para que este pueda cobrarlo !
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