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    Respuesta No: 166

  • HallamQQ
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    En resumidas cuentas, como Ud. ya pagó y muy pronto dispondrá de sus cuentas bancarias, el medio de defensa que le conviene es el juicio contencioso administrativo, que también se llama juicio de nulidad, en contra de las multas. Se interpone ante la Sala Regional del Centro II del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, si Ud. está en SLP.  El problema es que esa sala está en Querétaro. No le recomiendo el amparo. Se tarda casi lo mismo, tiene más trampas procesales y los jueces de distrito, en esta clase de asuntos, tienden a darle la razón a la autoridad con mayor frecuencia que el tribunal.

    Es muy importante que a su demanda anexe el original del pago de las multas, y que el abogado que lo asesore, en una sección destacada, solicite que se condene a la autoridad a efectuar la devolución de lo que ya pagó, una vez que se resuelva el juicio. No tiene que hacer mayor alusión al congelamiento de las cuentas, esos actos ya no tienen efectos en su contra si ya las liberaron.

    En caso de la autoridad no le cumpla con la liberación de sus cuentas, efectivamente, tendrá que promover un amparo indirecto.