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  • HallamQQ
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Te recomiendo promover un juicio contencioso administrativo (de nulidad). En la demanda debes manifestar que conociste el acto de remoción por cualquier medio (incluso verbal), pero que nunca fue notificado el oficio respectivo ni los demás actos del procedimiento. Es importante que investigues en las leyes orgánicas respectivas cuáles autoridades pueden emitir un oficio de ese tipo, porque debes decidir a cuál o a cuáles señalarás como demandadas. Si estás seguro de que fue la contraloría, entonces esa debe ser tu única autoridad demandada; pero ten en cuenta que si niega los actos y no pruebas en contrario, se sobreseerá el juicio. Elabora un único concepto de impugnación, en el cual reiteres que se efectuó la remoción sin que existiera notificación previa. No necesitas prueba alguna. El fundamento es el art. 16, fracción II, de la LFPCA.

    Una vez que se emplace a la autoridad, te correrán traslado con los documentos que contienen tanto los actos de remoción como su notificación, y tendrás 20 días hábiles para ampliar la demanda, impugnando, ahora sí, en cuanto a su fondo y forma el acto que ocasiona perjuicio. Si no existió la notificación inicial del procedimiento, se anularán todos los actos del mismo. Ello no implica que la autoridad no pueda reiniciar uno nuevo, si así lo decide y esta vez lo notifica adecuadamente. En cambio, si la autoridad sí acompaña actas de notificación y citatorios, entonces habrá que impugnar en la ampliación los actos administrativos y, en su caso, las notificaciones; porque de lo contrario se convalidarán y serán cosa juzgada. En este último caso, seguramente necesitarás la ayuda de un abogado especialista para formular la ampliación. Saludos.