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  • Consulta : 84
  • Autor : Irse
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  • Autor
    Respuesta No: 152

  • Irse
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Tienes dos opciones, interponer un recurso ante la misma autoridad que lo emite exponiendo agravios de fondo y de forma pues es donde mas fallan las autoridades administratrivas y tomas como base la Ley Federal del Procedimiento Administrativo, o bien optativamente el juicio de nulidad tal y como lo señala la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo y Ley Organica del Tribunal Federal de Jusiticia Fiscal y Administrativa, al interponer el medio de defensa quiza la ley correspondiente obligue a tener que garantizar la multa que te fincan para lo cual tiene que tomar tus precauciones, busca agravios de forma pues como te menciono en estos siempre fallan las autoridades administrativas, art 16 constitucional y 3, fraccion V de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo.

    Si ya se te paso el tiempo para interponer algun medio de defensa puedes desconocer el acto, para lo cual tienes que interponer un recurso ante la misma autoirdad que emite el acto o juicio de nulidad ante el tribunal,  se encuentran igualmente previsto en las leyes en cita, cuando te notifican nuevamente el acto tienes que formularios agravios contra la notificacion para demostrar que es ilegal asi como de la resolucion, en la ampliacion del recurso o del juicio de nulidad, espero te sriva de algo esta informacion colega y suerte.