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  • Consulta : 99925
  • Autor : TANGO210
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    Respuesta No: 207857

  • TANGO210
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    (Resumen de Actividades)

    Con el debido respeto, yo discrepo en la opinón del forista MASCARANEGRA cuando afirma que una Tanda es un delito, y aún y como transcribe el Código Penal para su entidad, el cual me permito señalar en lo que nos interesa:

    IX. Al que por sorteos, rifas, loterías, tandas, promesas de venta o por cualquier otro medio se quede en todo o en

    parte con las cantidades recibidas sin entregar la mercancia u objeto ofrecido;

    aquí se puede observar que lo que el legislador tutela es el patrimonio de las personas, quebrantado a travès del fraude, es decir aprovechandose del error en que el pasivo se encuentra por parte del activo a traves de un engaño, y lo equipara al delito de fraude a la conducta anterior, pero eso no es suficiente por si mismo para aseverar que la Tanda es un delito, ya que claramente lo señala la fracción transcrita...SE QUEDE EN TODO O EN PARTE CON LAS CANTIDADES RECIBIDAS SIN ENTREGAR LA MERCANCÍA U OBJETO OFRECIDO, luego entonces si efectivamente se lleva a cabo la entrega de la mercancía o bien ofrecido no hay tipicidad. Así las cosas, una tanda no es ilegal, lo ilegal es no estregar la mercancía o el objeto ofrecido, como en el caso de una rifa, es totalmente legal, lo ilegal es no entregar el premio.

    El consultante se refirio a si era un delito la Tanda, a lo que se puede responder con toda claridad que no!!!  pero si no entragas la mercancia o el bien ofrecido entonces si cometeras un delito, que en el caso del estado de queretaro sería Fraude Equiparado. Como en la totalidad de las legislaciones del país se previene y sanciona el engaño con fines de lucro, entonces lo ílegal no es la Tanda, la rifa, el sorteo, etc.  sino el no cumplimiento de lo estipulado.

    Afirmar lo contrario sería tanto como decir, que el cumplimiento de obligaciones alimentarias es un delito!!!  cosa que no es verdad, pero en algunas legislaciones del país se sanciona el incumplimiento de estas obligaciones, asi que, definitivamente una Tanda no es un delito. Cuando el tipo penal señale: "A quien realice actos de comercio recibiendo el precio en parcialidades anticipadas y con la promesa de entregar determinada mercancia, objeto o cantidad en efectivo, se le impondran de...."   entonces podremos decir que la Tanda es un delito!!!!