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AutorRespuesta No: 207805
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Fecha de respuesta: Domingo 30 de Enero de 2011 15:18 2011-01-30 15:18 desde IP: 187.131.177.195
Mascaranegra:
Estás en un error.
El o los medios de que se valga una persona física o moral para engañar a otra y obtener un lucro indebido, no significa ni vuelve ilegales dichos medios. Y este es el punto fino de la cuestión planteada.
Se puede cometer un fraude por medio de un juicio, de un contrato, de una declaración unilateral de voluntad, etc., pero nadie en su sano juicio y mucho menos un abogado o quien pretende serlo puede afirmar que un juicio, un contrato o una declaración unilateral de voluntad carezcan de reconocimiento legal.
En el caso particular, la tanda no es sino una mera forma de agrupación de consumidores que se proponen básicamente: ahorro de corto o mediano plazo para la adquisición de bienes y servicios, dentro del correlativo plazo y orden que la tanda determine. ( Tanda no significa otra cosa que el orden dado o determinado en la participación de algo ).
El consultante, obviamente se refiere al esquema actual de un pequeño comerciante mueblero, que al igual que otros no muy pequeños pero igualmente afectados por la falta de crédito y capacidad adquisitiva en este país (Famsa, Elektra, Coppel, etc) tienen que trabajar bajo este esquema el cual les permite compensar la falta de crédito de sus consumidores y la falta de un respaldo laboral que demuestre permanencia y estabilidad económica.
Saludos.
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