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AutorRespuesta No: 356182
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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Junio de 2014 23:38 2014-06-02 23:38 desde IP: 187.232.165.23
Claro está que sería usted como patrón, ya que es su obligación hacer las retenciones cada periodo de pago, y si lo hizó en menor cantidad el error es suyo no de los trabajadores, ya que estos últimos solo cobran lo que usted les paga, y usted se encuentra en posibilidades de hacer las retensiones correctas cada vez que hace los pagos, luego entonces los trabajadores no deben pagar sus errores.
Solo se puede hacer descuentos a los trabajadores en los meses de Enero y Febrero cuando del cálculo anual se tengan diferencias, pero solo con relación al ISR y nunca con la actualización y recargos.
Saludos
Lic. Ariel Reyes
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