Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 99825
  • Autor : LicVelazquez
  • Consultas en Foro: 6
  • Respuestas en Foro: 1006
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 4441
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 207432

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Estimada consultante:

    Coincido cabalmente con el Lic. Cadena en que el segundo matrimonio es nulo absoluto y no existe posibilidad alguna de ser "convalidado" ni por confirmación del acto (un nuevo matrimonio entre los mismos cónyuges) ni por prescripción negativa ( transcurso del tiempo).

    Sin embargo, la citada nulidad  DEBE SER DECLARADA JUDICIALMENTE pues en general no opera de pleno derecho y mucho menos respecto de actos que nacen por disposición de la misma ley bajo una presunción de legitimidad como lo es el matrimonio.

    Luego entonces, si en el tiempo los hechos ubican al segundo matrimonio sin que el primero se hubiese declarado judicialmente nulo, el divorcio establecido respecto de este último es claro que lo disolvió legalmente, y por tanto, como atinadamente lo sostiene el Lic. Apolinar (saludos cordiales) el segundo matrimonio es el vínculo subsistente y legal en la actualidad.

    Saludos cordiales.