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  • Consulta : 99667
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 207379

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el sr. no tienen ningun derecho ni obligacion con tu hijo y si se acerca para  molestarlos puedes llamar a una patrulla y de la unica manera en la q el sr. pueda ir e inquitar a tu hijo es mediante un juicio de reconocimiento de paternidad si es q queire adquriri sus derechos y obligaciones para con el menor.

    pero por el momoento ni te liga a el nada ni el a ti......

    ahora bien si lo q quiers es pedirle pension alimenticia puedes tu inciar dicho juicio de paternidad pero eso le da derechos y obligaciones y entonces tu puedes solicitar la perdida de la patrai potestad q le quita todos sus derechos mas la obligacion de pasar pension alimenticia subsiste