Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 99261
  • Autor : SergioC
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 24
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 72 %
  • : 27 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 206826

  • SergioC
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Me imagino que los acuerdos que menciona fueron ratificados en el Juzgado, si es así ella no puede hacer nada, salvo si se quedara sin empleo, pues las circunstancias en las cuales se llegó a un acuerdo han cambiado (y esto solo operará si fue mediante un recorte de personal o que la empresa haya quebrado, no aplica para el caso de que ella haya renunciado voluntariamente)

    Ahora que su esposa nunca ha trabajado pues lo que puede intentar como defensa es alegar que lo que usted paga por la casa es parte de la pensión que tiene obligación de proporcionar a su hijo. Recuerde que la pensión alimenticia incluye vestido, sustento, techo  y educación y hacerle saber al juez que usted mantiene solo a los otros cuatro hijos habidos del matrimonio.

    Espero haber contestado todas sus dudas, Si desea mayor información consulte al abogado de su preferencia o visite mi oficina virtual en este sitio.