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  • Consulta : 99239
  • Autor : SergioC
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  • Autor
    Respuesta No: 206846

  • SergioC
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    le explico un poco la respuesta de mi colega... aclarar un acta es un trámite administrativo,  que se lleva a cabo en el mismo registro civil; rectificarla es un juicio. En el primero solo es cuestión de corregir un error que pudo deberse a un error de la persona que originalmente mecanografió el acta, o a un error al momento de inscribir los datos... en el otro caso, es como le dijo mi colegal adecuar el acta a la realidad jurídica y social de la persona como es el caso de que una persona aparezca registrada con el nombre de federico y que ésta haya usado siempre el nombre de fidencio.

    Espero haber contestado todas sus dudas, Si desea mayor información consulte al abogado de su preferencia o visite mi oficina virtual en este sitio.