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  • Consulta : 99098
  • Autor : SergioC
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  • Autor
    Respuesta No: 206682

  • SergioC
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    A diferencia de mi colega entiendo que lo que su hija quiere es que lo que el Padre le da a usted para ella ya no tenga que dárselo a usted sino a su hija directamente.... ¿no es así?

    Bueno, en tal caso esto es completamente procedente, bajo las condiciones que ya ha señalado mi colega, e igualmente es procedente de que usted le proporcione una pensión alimenticia.

    Ello independiente de la razón por la cual ella dejó de vivir a su lado, pues usted, en su momento tenía el derecho de obligarla a regresar con usted. (lo cual en determinado momento pudiera ser usado como defensa suya)

    Espero haberlo ayudado, si desea mayor información póngase en contacto con un abogado o si lo desea entre a mi oficina virtual en este sitio.