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Fecha de respuesta: Domingo 23 de Enero de 2011 13:17 2011-01-23 13:17 desde IP: 189.146.166.43
A diferencia de mi colega entiendo que lo que su hija quiere es que lo que el Padre le da a usted para ella ya no tenga que dárselo a usted sino a su hija directamente.... ¿no es así?
Bueno, en tal caso esto es completamente procedente, bajo las condiciones que ya ha señalado mi colega, e igualmente es procedente de que usted le proporcione una pensión alimenticia.
Ello independiente de la razón por la cual ella dejó de vivir a su lado, pues usted, en su momento tenía el derecho de obligarla a regresar con usted. (lo cual en determinado momento pudiera ser usado como defensa suya)
Espero haberlo ayudado, si desea mayor información póngase en contacto con un abogado o si lo desea entre a mi oficina virtual en este sitio.
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