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  • Consulta : 99020
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 206602

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ay...ay...ay!!!...pastito verde.... si se nego la orden de aprehensión... no por ello se nego la sujeción a proceso.... si no hay oprden de aprensión...no hay fianza....ni necesidad de hacergastos adelanadados respecto de la reparación del daño....amen de que no menciona el delito... y por endeno sabemos que penalidad puediera ser la reclamada por dicho tipico... cuando me dijo letyespino...no lo queria leer... pero ya en el asunto de primus... que me increpas como diez veces con la misma respusta.... a barabaro..!!!!!!!

    consultante... el mitotero publico... es tu representante... y esta obligado a hacer las conclusiones que al caso proceden... estas son de oficio... no tienes necesidad de intervenir... esa es su obligación.... la senetncia puede quedar en suspenso...hasta en tanto se resuelve la apelación... pero menciona cuando menos el delito y las causas del mismo...