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AutorRespuesta No: 206313
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 23:30 2011-01-20 23:30 desde IP: 189.247.116.1
para comenzar antes de q te pueda demandar una pension alimenticia tu tienes q reconocer a la bb al momento de nacer si no no estas obligado a nada hastaen tanto no la reconozcas....
una vez q les des tus apellidos al bb entonces si tienes derechos y obligaciones y procede lo q te comenta el forista anterior , pero cabe aclarar algo muy importante aqui lo q su madre diga sale valiendo y sobrando a menso q la chava sea menor de edad entonces la madre si puede intervenir sino es asi entonces hagan a un lado a la madre y lo q uds dos acuerden cumplanlo y no anden pidiendo opiniones
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