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  • Consulta : 98897
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 206313

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    para comenzar antes de q te pueda demandar una pension alimenticia tu tienes q reconocer a la bb al momento de nacer si no no estas obligado a nada hastaen tanto no la reconozcas....

    una vez q les des tus apellidos al bb entonces si tienes derechos y obligaciones y procede lo q te comenta el forista anterior , pero cabe aclarar algo muy importante aqui lo q su madre diga sale valiendo y sobrando a menso q la chava sea menor de edad entonces la madre si puede intervenir sino es asi entonces hagan a un lado a la madre y lo q uds dos acuerden cumplanlo y no anden pidiendo opiniones