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  • Consulta : 98790
  • Autor : Tanniia Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 206172

  • Tanniia Vega
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    LIC. JOSE JUAN.

    Su fuera tan amble, yo expuse una pregunta, que ojala tambien me pueda responder:::

    Tengo un ejecutivo mercantil, logre emplazar y embargar. Solicite la inscripcion en el RPP, me giraron el respectivo oficio, pero al momento de acusar la rebeldia me la desecharon por se imporcedente, ya que en autos no obra la cedula de notificacion. ¿pero eso fue cuestion del actuario no? Y tambien encontre una tesis que dice lo sig: EMBARGO. LA NULIDAD DEL EMPLAZAMIENO ILEGAL SOLO AFECTA LAS ACTUACIONES POSTERIORES Y NO AL. Que hago? revocion de auto? se puede?