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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 13:13 2011-01-20 13:13 desde IP: 187.194.28.105
no mintio tu abogado... es una reforma novisima de 1970.... y en edomex...es de un año....
pero como no dices si estas casado por sociedad conyugal... cuando se adquirio el predio... y si esta nombre de los dos... pos no se tepuede decir de otra forma...
si estan casados por sociedad conyugal... hay que partir el predio en dos y si no se puede venderlo y partir la suma en dos....
si estan casados por separación de bienes... el terreno es de quien esta como titular del mismo...
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