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AutorRespuesta No: 253740
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Fecha de respuesta: Lunes 06 de Febrero de 2012 23:19 2012-02-06 23:19 desde IP: 189.232.99.118
Consultante:
Contrate los servicios de un abogado y haga lo siguiente:
1) Inice la sucesión de su abuelita y una vez nombradao el albacea, éste msmo tiene que demandar a la señora que habita el inmueble por la terminación del comodato verbal con la de cujus y como consecuencia de ello, el desalojo del inmueble.
2) No puede prescribir dicho inmueble pues no tiene posesión jurídica originaria que le de justo título para ello.
OJO: Tiene que ser mediante juicio, no se le vaya a ocurrir sacarla usted misma porque se va derechito para la cárcel.
Saludos.
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