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AutorRespuesta No: 206184
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Fecha de respuesta: Jueves 20 de Enero de 2011 14:13 2011-01-20 14:13 desde IP: 189.163.43.147
Estimado consultante con fundamento en las siguientes;
border="0" width="100%">REGLAS A LAS QUE HABRÁ DE SUJETARSE LA EMISIÓN Y OPERACIÓN DE TARJETAS DE CRÉDITO.
3.6 En el evento de que el Titular haya autorizado a la Emisora a cargar los adeudos no cubiertos en tiempo por el uso de la Tarjeta de Crédito, en cualquier cuenta que tenga abierta con ella, la compensación respectiva sólo podrá efectuarse cuando la Cuenta mantenga un saldo deudor vencido de más de noventa días naturales y que se trate de cargos que no hayan sido objetados en tiempo por el Titular, cuya aclaración se encuentre pendiente de resolver.
Por norma en los contratos bancarios simpre se tiene esta contenido de compromiso que si no se ha pagado el BANCO podrá cobrarse de la cuenta que tenga fondos disponibles.
Atentamente
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