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  • Consulta : 98646
  • Autor : rg.abogados
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  • Autor
    Respuesta No: 205973

  • rg.abogados
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    buenas tardes Mary, como respuesta a tus inquietudes, te puedo decir que como lo han manejado "ls">ls colegas, los bienes que te fueren donados no son suceptibles de repartirse en la liquidacion de la sociedad conyugal; ahora bien, si la obtuviste por otros medios diferentes de la donacion pero aún la escritura no esta a tu nombre, lo mas recomendable es que no se arreglen los papeles de la misma hasta no haber concluido el divorcio y sobre todo la liquidacion de la sociedad conyugal.

    otra opcion viables es la que ya señalaron, es decir, realizar los tramites o gestiones necesarias para que esa propiedad sea puesta a nombre de tus hijos y de esta forma evitar que sea incluida en la sociedad conyugal, (prescripcion, otorgamiento y firma de escritura, etc.)

    Por l que se refiere a la cuenta y al auto, no hay ningun problema.

    actualmente en el DF el divorcio se realiza de manera muy rapida (2 a 3 meses), y tienes tu sentencia que declara disuelto el matrimonio. Posteriormente se ve lo refernte a la liquidacion de la sociedad conyugal, cabe señalar que para que puedas tramitar tu divorcio en el DF tu ultimo domicilio conyugal debe haber estado o estar establecido en el mismo DF

    existen muchas alternativas para salvaguardar el patrimonio de tus hijos, quedams a tus ordenes para mayor informacion.