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  • Consulta : 98625
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 205934

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Muy estimado Omar:

    Aprovecho la oportunidad de saludarte y de aportar un grano de arena ó un montón, en el asunto que te preocupa, y es que tengo experiencia defendiendo policías tanto en procedimientos administrativos como penales, por lo que te puedo contestar con toda la seguridad del mundo, que antes de intentar el juicio de amparo se debe substanciar juicio ente el tribunal contencioso administrativo local ó el Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa (fuero federal) mediante juicio en la que se ejercite la acción de nulidad del oficio, memorándum, aviso, etc... de carácter administrativo del que resulta el acto de afectación de la relación laboral...