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AutorRespuesta No: 323611
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Agosto de 2013 18:38 2013-08-13 18:38 desde IP: 201.124.93.185
Buenas Tardes:
Respondiendo a su pregunta, le comento que la prescripción positiva o adquisitiva (comúnmente llamada "//meta.wikimedia/wiki/w:es:Usucapi%C3%B3n">usucapión), es un modo de adquirir la propiedad que consiste en la conversión del poseedor de un bien, en propietario del mismo por el transcurso del tiempo. Actualmente se requiere de cierto formalismo legal para poder usucapir determinados bienes, ya sean muebles o inmuebles.
Ahora bien en su caso puede interponer una DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN POSITIVA, interviniendo su abogado, mediante el tramite por el juicio Ordinario Civil ante los Juzgados Civiles de su localidad, a fin de que un Juez Civil conozca de su asunto, donde la prestación fundamental es La declaración judicial en sentencia ejecutoria de que me he convertido en el dueño y propietario del inmueble.
Asimismo también le comento que es fundamental para este tipo de juicio Tener el inmueble en carácter de propietario de forma pacifica, continua y pública, ya que es de donde se desprenderá el éxito de su asunto mediante Sentencia Definitiva.
Espero que la información proporcionada te sea de utilidad, cualquier aclaración, duda o información adicional que necesite quedo a sus ordenes.
Saludos.
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