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Fecha de respuesta: Viernes 14 de Enero de 2011 13:27 2011-01-14 13:27 desde IP: 201.172.190.175
señor la patria potestad NO ES RENUNCIABLE y usted deb seguir dando pension para su hija (que a leguas se ve que le disgusta) aunque no quiera.
Y lo que menciona respecto a lo de la pension es correcto es despues de imss e ispt lo que deba dar no antes.
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