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  • Consulta : 97862
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 204795

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Ninguna simulación puede considerarse como algo bueno, sin embargo, como el pagaré sólo lo firma el cónyuge y no la cónyuge, el único obligado a su pago es él y no ella, en consecuencia el embargo sólo puede proceder sobre el 50% del bien inmueble ya que el otro 50% pertenece a la esposa, quién no adquirió ninguna obligación por no haber firmado el título de crédito. En resumen esa simulación no le sirve para el objeto que persigue y sí estaría incurriendo en fraude procesal.