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AutorRespuesta No: 204608
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Fecha de respuesta: Miércoles 12 de Enero de 2011 21:43 2011-01-12 21:43 desde IP: 187.152.157.18
Estimado, coyote-gani_NR respecto a su duda si es posible que le respalden con las escrituras usted puede hacer lo siguiente
1.- Le recomiendo que mantenga las escrituras en ORIGINAL bajo su poder y una vez que el pagare tenga su vencimiento natural, usted lo puede hacer cobrable por la "AMIGABLE COMPOSICION" ( osea que la pagen sin problemas ) o por medio de los juzgados usted ya tendria dos cosas a su favor una el respaldo judicial para el cobro y otra las escrituras para su doble beneficio.
2.- El edoso de las escrituras es posible con el consentimiento de ambas partes y no tiene mayor complicacion mediante un escrito de voluntades, esto es entre particulares y usted lo puede retener en su poder para una posterior utilizacion en un caso judicial
Espero serle de utilidad a sus ordenes en el correo ma-barranco
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