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  • Consulta : 97725
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 204701

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido  marco bufette

     Los derechos intelectuales, patentes, marcas, diseños y modelos industriales, derechos de autor, son caracterizados por la doctrina como derechos de exclusiva.

    El derecho del titular de una marca, brindado por la legislación específica, se agota en la facultad de excluir a terceros del uso de esa marca y/o toda otra similar que lleve al consumidor a un riesgo de confusión o de asociación

    La marca brinda a su titular un derecho de exclusiva, el cual supone que el único empresario legitimado para la reproducción o materialización de la concepción protegida es el titular del derecho

    Para determinar la procedencia de las acciones ya sean civiles o penales se requiere de un estudio, por que al parecer su marca es propiedad de un tercero que la creo, la comercializa y por descuido no la renovó

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    atte.

    Talento, pasión y trabajo

    Lic  José Juan Aguilera  

    TEL.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx