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  • Consulta : 97617
  • Autor : LicVelazquez
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  • Autor
    Respuesta No: 204452

  • LicVelazquez
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Skinerf:

    Si Usted tiene interés de agotar recursos dilatorios de sus propias acciones y derechos, ( lo que me parece un contrasentido si Usted es el trabajador ) debe abstenerse de comparecer al juicio o hacerse sabedor de cualquier actuación posterior, pues de lo contrario revalidará el acuerdo que se estima ilegal.

    Para fines de estudio, le comento que las violaciones procesales deben reclamarse como parte del juicio de amparo directo que se haga valer en contra del laudo, salvo que los actos reclamados sean de aquellos que se consideran graves y trascendentes a las defensas del quejoso.

    Saludos.