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  • Consulta : 97471
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 204206

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido tocado

     

     

    La garantía consagrada en el articulo 20 constitucional les otorga a los probables responsables el derecho de guardar silencio y a no incriminarse con su declaración es decir las mentiras no constituyen el delito de falsedad de declaración, pero si exhiben documentos falsos eso si constituye un delito previsto y sancionado

     

     

     

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    atte.

    Talento, pasión y trabajo

    Lic  José Juan Aguilera  

    TEL.  13 26 15 38   (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba  y a h o o. com. mx