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AutorRespuesta No: 203886
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Fecha de respuesta: Domingo 09 de Enero de 2011 13:36 2011-01-09 13:36 desde IP: 189.161.21.173
Primero, trate de hacer la cancelacion de los gravamenes, ante las Instituciones de credito, o quien haga sus veces actualmente, y en el caso de que Usted, no logre hacerlo, o su notario, tendra que acudir ante los Juzgados, por conducto de abogado, para demandar judicialmente la cancelacion de los gravamenes, para obtener la declaración de libertad del gravamen, y su correspondiente tildacion ante el Registro Público de la Propiedad, para que asi su patrimonio inmobiliario este libre de gravamen alguno.
es mejor que El notario realice hacer la escritura, hasta que este libre de gravamen, si asi hizo la escritura, debio de haberles advertido antes, ya que a traves del certificado de libertad a gravamen que expide el RPP se habria dado cuenta previamente.
si el notario ya hizo la escritura, pues, avoquese a cancelarla, conforme lo ya expuesto.
si le sirvio mi respuesta legal, hagamenlo saber con su calificacion.
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