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AutorRespuesta No: 203845
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Fecha de respuesta: Sábado 08 de Enero de 2011 22:06 2011-01-08 22:06 desde IP: 189.171.164.31
Efectivamente, si Usted renunció, solamente tiene derecho a los proporcionales de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional asi como al sueldo de la última jornada ( semanal, quincenal o mensual según le viniesen pagando ) devengado a la fecha de su renuncia.
Saludos.
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