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AutorRespuesta No: 203652
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Enero de 2011 21:10 2011-01-07 21:10 desde IP: 189.137.237.232
Consultante:
Deberá usted promover una demanda de divorcio necesario , invocando alguna de las causales que señale para tal efecto el código civil de su estado, la mayoría de las legislaciones establecen como causal de divorcio, la separación de la morada conyugal por más de 1 año o más.
Si logra demostrar los extremos de su acción, el juez dictará sentencia decretando la disolución del vínculo matrimonial, liquidando la sociedad conyugal ( si contrajeron nupcias bajo ese régimen), a efecto de que los bienes habidos durante el matrimonio sen repartidos en 50 % para cada cónyuge.
Hágase asistir de un Abogado, de preferencia de su estado para que le brinde los detalles de su asunto.
De no contar con recursos para pagar un abogado particular, acuda el DIF de su localidad, o bien a la Defensoría de Oficio de los juzgados familiares de su estado.
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