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AutorRespuesta No: 203427
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Fecha de respuesta: Jueves 06 de Enero de 2011 21:13 2011-01-06 21:13 desde IP: 189.216.232.101
Si él tiene hijos reconocidos fuera del matrimonio, Usted puede reclamar pensión no sólo para su hijo sino también para Usted por ser cónyuge inocente, consiga el o las actas de nacimiento de los hijos nacidos fuera del matrimonio y con ellas demande el divorcio necesario por adultario, la pensión para ambos y la pérdida de la patria postestad de su hijo. En cuanto al bien inmueble, si se casó por sociedad conyugal de corresponre del cincuenta por ciento de la casa y del menaje de la misma.
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