Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 96868
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 203349

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    En respuesta a su consulta, le informo.

    La Ley Federal del Trabajo con contempla, como derecho de los trabajadores, a recibir pagos extras por navidad y verano.

    Dado que usted renunció voluntariamente al trabajo, solamente tiene derecho, por los dosmeses y siete dpías que trabajo, a las siguientes prestaciones:

    Vacaciones 1.06 días de salario; prima vacacional, 25% de la cantidad que resulte del salario de 1.06 días, y aguinaldo 2011, por los 7 días trabajados en enero, a razón de0.04166 días de aguinaldo por cada día trabajado, es decir, 0.29 días de aguinaldo, así como el salario de los días trabajados que no le hayan sido pagados.

    Sin embargo, si el patrón, al momento de que su renuncia surta efecto, no le paga las anteriores prestaciones, difícilmente encontrará a un abogado que la asista para demandar, dado lo ínfimo de su cuantía, pues generalmente, se cobra un porcentaje (entre 20% y 30%), de las prestaciones reclamadas, lo que haría incosteable para cualquier profesionista, entablar una demanda y seguir un juicio sabiendo que se va a cobrar por concepto de honorarios, el equivalente a medio día del salario que usted devengaba.