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  • Consulta : 96613
  • Autor : Abogada Suárez
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  • Autor
    Respuesta No: 202979

  • Abogada Suárez
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes:

    Primeramente no hay herencia hasta que no haya deceso.

    Si su padre vive él puede hacer su testamento a favor de la persona que él quiera, es su derecho.

    En cuanto a los negocios no pueden hacer nada, pues es válido que hiciera ese cambio. En relación a la casa, si sus padres estuvieron casados por sociedad conyugal y ésta no fue liquidada cuando se divorciaron, entonces dicho bien pertenece a esa sociedad conyugal y podrían pelearle el 50% de los gananciales matrimoniales que pertenecían a tu madre, por lo que te recomiendo te asesores con un abogado.

    Saludos