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  • Consulta : 96529
  • Autor : Sergio Orea
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  • Autor
    Respuesta No: 202865

  • Sergio Orea
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    (Resumen de Actividades)

    No, cuando falta uno de los padres, el que queda es el que ejerce la patria potestad y es a quien corresponde la guarda y custodia del menor. Lo que se puede hacer es buscar la manera en que se pueda iniciar una demanda sobre pérdida de patria potestad al padre y as{i entonces los abuelos la ejercer{ian, junto con la cutodia de los menores.

    Si consiguen la patria potestad, pueden demandar en representaci{on de los hijos, al padre por el dinero del seguro cobrado.