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  • Consulta : 96455
  • Autor : F430LEGAL
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  • Autor
    Respuesta No: 202790

  • F430LEGAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Consultante:

    Si le ofertaron un financiamiento , usted debió firmar un contrato; bueno pues es necesario saber los términos y condiciones de dicho contrato, los alcances legales, a que se obligo, y sobre todo saber si dejo algun bien en garantía.

    Si usted decide firmar pagarés para garantizar el cumplimeinto de du obligación puede ser el caso, de que usted solo se ponga la soga al cuello, máxime si no esta seguro de poder pagar la deuda, en los términos de vencimiento que se inserten en el pagaré.

    Ya que con el correcto llenado del pagaré, el tenedor del mismo, puede desposeerlo de sus bienes ( una vez que se actualice la fecha vencimiento del mismo), a tráves de un procedimiento ejecutivo mercantil, ejercitando la acción cambiaria directa en su contra, reclamando el pago de  la suerte princilal ,  mas lo intereses, y gastos que se generen.

    Es bueno que usted pregunte antes de hacer algo, le sugiero que acuda con un Abogado de lo localidad para que le brinde una asesoría preventiva ; mostrandole  el contrato que firmó, y que tan factible la suscripción de pagarés o bien de novar el contrato.