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  • Consulta : 96332
  • Autor : abogado leon
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  • Autor
    Respuesta No: 202832

  • abogado leon
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    FELIZ AÑO NUEVO COLEGAS !  !  !  !  !  ! Reciban un abrazo todos: Ok? Bueno, Bueno, ya chambear bien. Efectivamente lo que comentan estimados colegas, de los retardos, de las faltas, "pero si el patrón lo consiente estas ya no cuentan.........DESTINO VERDE"

    Si se dan cuenta que de la RESPUESTA que dí la damita Yosdi Takin, no contestó nada de lo del IMSS, estamos de acuerdo? Que quiere decir eso? Que simple y sencillamente sus trabajadoras no tienen relog checador, no tienen horario de entrada y salida, vamos, legalmente no las tiene con un contrato individual de Trabajo con el cual ella pudiera ponerles un "hasta aquí".

    Más claro, si esta damita, por ejemplo, las despidiera por escrito, y sus empleadas recibieran dicho escrito de DESPIDO que se fueran, y demandan ante la Junta de su Estado, por ese simple hecho RECONOCE la relacion laboral, ya no tendría la manera de NEGARLA. Y saben en cuanto le saldría ese juicio laboral?

    No se si lo sepan (respetuosamente) pero esos locales "comerciales" contratan personal SIN  NINGUNA PRESTACION, no dan seguro, no dan recibos de pago (siempre en efectivo) no hay horario de salida, pero si de entrada, no hay pago de tiempo extra etc, etc, etc

    Entonces cuando un trabajador los demanda........ pues no hay con queso las enchiladas. Me explico?

    SALUDOS Y MUCHAS FELICIDADES !  !  !  !  !  !

    Por aquí ando por si hay más dudas, si no pues ahi estan mis telefonos.