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  • Consulta : 96332
  • Autor : SHREK
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    Respuesta No: 202480

  • SHREK
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    estimada consultante me extraña que usted, despues de aver estudiado Derecho, pregunte que si ellas, por el simple hecho de firmar un contrato de trabajo pueden renunciar a un derecho constitucional, el cual recordemos  que esta consagrado en la parte dogmatica de nuestra carta magna art. 123, desde mi punto de vista esta claro que no; ya que la ley federal del trabajo, protege la integridad de los trabajadores, y conforme a la sitada ley usted como patron tenia o tiene un sierto tiempo para poner a prueba a dichos trabajadores, y si estos no tienen las capacidades y actitudes para desempeñar el puesto pues puede presindir de dichos servicios sin responsabilidad, ya que la misma ley le lista las causas que podria argumentar para justificar un despido lo cual le suguiero que cheque para formar un criterio.

    De cualquier forma yo le puedo sugerir que elabore un reglamento interno, del centro de trabajo, y lo registre ante las juntas de consiliacion y albitraje, así mismo al momento de elaborar su nuevo contrato individual de trabajo, haga mension de este reglamento para que de alguna forma se protega, así como hacer mension que usted recurrira a levantar actas administrativas para que sean asentadas en el expediente de cada empleado y  así haya constancias de sus retardos, o cualquier otra falta en que incurran, pero todo esto lo debe incluir en su reglamento interno.

    Y de cualquier forma yo le aconsejo que se asesore con un abogado especialista laboral, de su confianza para que le eviten dolores de cabeza posteriores.