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  • Consulta : 96290
  • Autor : lic_arobles
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  • Autor
    Respuesta No: 246330

  • lic_arobles
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    HOLA, lamentablemente la respuesta que dieron es incorrecta, salvo lo de consultar a un abogado, el procedimiento adecuado es uno encaminado a declarar el ESTADODE INTERDICCION del supuesto incapaz, para administrar sus bienes y rendir cuentas a los probables herederos. el intestado solo se puede dar cuando ya murio la persona. ojala te sirva.