Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 287781
  • Autor : AdvocatusRectus
  • Consultas en Foro: 4
  • Respuestas en Foro: 851
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6727
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 400557

  • AdvocatusRectus
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lo que tiene que hacer es solicitar los oficios que ya están autorizados, una vez que los tenga haga el pago correspondiente y agréguelo con el oficio a la dependencia a que va dirigido, ellos se encargaran de informar lo peticionado. La promoción que Usted comenta es para devolución de los oficios una vez que ya le fueron recibidos. Espero haber aclarado su duda. Saludos.